Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia ha confirmado la dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Ourense, y declara el derecho de una vecina de Verín a recibir del Ayuntamiento una indemnización equivalente al valor urbanístico del suelo que le fue ocupado en su día para la construcción del Auditorio Municipal.
La Sentencia, como ya hiciera la dictada por el Juzgado, acoge las tesis de nuestro despacho, tanto al considerar como ilegítima vía de hecho la ocupación del suelo, una vez que el Tribunal Supremo anuló el Plan General de Ordenación Municipal (aceptando por cierto el recurso también dirigido por este despacho), como al establecer que los terrenos ya edificados, y por lo tanto no restituibles a su propietaria, deben ser valorados como urbanos, esto es, considerando la edificabilidad de la que eran susceptibles en el momento de su ocupación. El Tribunal rechaza así la tesis del Ayuntamiento que pretendía que, dado que con las normas de planeamiento actuales el suelo es rústicose valorara el terreno con arreglo a la renta de cultivo agrícola.
El total de la indemnización, computados los intereses que también se conceden, superará claramente los 300.000 €.
Por Antonio Feijóo Miranda
Abogado
Master en Derecho Urbanistico