La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima el recurso interpuesto por el Abogado Antonio Feijóo Miranda contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Verín, y como consecuencia declara la nulidad de la Orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia que aprobó el Plan General de Verin en el año 2012, bajo el mandato del Alcalde Jimenez Morán.
El alto tribunal da así la razón al abogado del recurrente, aceptando el argumento de que el plan general vulnera la Ley de Aguas, porque en su aprobación no ha sido precedida de una adecuada garantía en cuanto a la suficiencia y disponibilidad de los recursos hídricos. En definitiva, el Tribunal considera que el Plan no garantiza que haya agua suficiente para afrontar los desarrollos urbanísticos que prevé en todo el término municipal.
La repercusión de la sentencia es enorme en cuanto que afecta a múltiples actuaciones urbanísticas que se hallan en curso y respecto de las que el mismo abogado tiene interpuestos recursos ante los tribunales.
Es especialmente delicada la situación urbanística en la que este fallo deja al Ayuntamiento de Verín, ya que es el segundo Plan General que se anula sucesivamente para este Ayuntamiento. Ahora volverán a regir hasta la aprobación de un nuevo Plan General las normas subsidiarias del planeamiento municipal de 1986. El fallo del TS responde a una doctrina jurisprudencial que obliga a extremar los controles a la hora de aprobar planeamientos urbanísticos de cualquier índole, especialmente aquellos expansivos, como lo es el ahora anulado, sin garantizar al propio tiempo la suficiencia de agua.
El Ayuntamiento deberá dar inicio a una nueva revisión del Plan General, ahora adaptado a la nueva Ley del Suelo de Galicia.