El Tribunal Supremo ha dictado sentencia definitiva en el pleito sobre la expropiación de un terreno junto al Río Gafos, en la ciudad de Pontevedra, para la construcción de un parque fluvial, y estima el recurso de casación interpuesto por el abogado Antonio Feijóo Miranda ordenando recalcular al alza la indemnización, que podría alcanzar los 2.000.000€ frente a los 900.000 abonados ya por el Ayuntamiento de Pontevedra.
El Concello de Pontevedra ya en el año 2014 tuvo que abonar nada menos que 5,3 millones de euros a las mismas personas, propietarias también de una parcela contigua que, según la Justicia, había sido «usurpada» para la construcción del paseo fluvial. Interpuesto recurso contencioso administrativo contra la vía de hecho y después de un largo proceso judicial promovido por el Abogado Antonio Feijóo Miranda, el Concello fue condenado al pago de la citada cantidad.
Ahora, tras años de trámite de un segundo pleito entablado por los mismos propietarios sobre otra finca adyacente a aquella, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia definitiva que estima el recurso interpuesto por el Abogado y ordena que se recalcule al alza la indemnización fijada por el Tribunal Superior.
Se trata de una parcela de 1.452 metros cuadrados situada en la Rúa do Muíño, que si bien no se llegó a incorporar al paseo fluvial sí figura catalogada como zona verde en el Plan General de Ordenación Urbana. A la vista de esta circunstancia, los propietarios reclamaron su expropiación haciendo uso de una norma del PGOU que dice que si una finca está catalogada como zona verde y no se desarrolla en cinco años el Concello está obligado a adquirirla.
A partir del 2010, impulsaron la expropiación forzosa. Ante la falta de respuesta del Ayuntamiento durante dos años, los propietarios promovieron la expropiación forzosa y presentaron una hoja de aprecio ante el Jurado de Expropiación de Galicia, que después de bastante tiempo fijó el justiprecio en 784.000 euros». Una cifra que ya superaba por mucho los 409.000 euros en que valoraron la parcela los técnicos municipales. Pero el valor siguió subiendo.
Los propietarios recurrieron ante el TSXG, y en julio del 2016 se dictó una sentencia que elevaba el precio hasta los 990.000 euros. Esta cantidad ya fue abonada por el Concello, pero los dueños seguían sin estar de acuerdo y plantearon un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La sentencia, que se dictó el pasado día 18 y fue notificada a las partes el 22, estima en parte el recurso y ordena que se vuelva a fijar el justiprecio, sin que en ningún caso pueda ser inferior al que ya reconoció el TSXG.
La sentencia subraya que no se puede descontar un 10 % de la edificabilidad por un deber de cesión de aprovechamiento que es inexistente, lo que en su día supuso una rebaja de la indemnización de unos cien mil euros.
Ademas, se especifica que para tasar el suelo hay que tener en cuenta una edificabilidad superior a la considerada por el Tribunal gallego. Así, en lugar de 1,87 metros por metro cuadrado, al abogado de la parte recurrente Sr. Feijóo Miranda estima que puede rondar los cuatro metros por metro cuadrado.
Al incremento que esto supone con respecto al pago ya efectuado se le deberán aplicar los intereses legales desde julio de 2010.
Post elaborado con la información del artículo de Serxio Barral para la Voz de Galicia
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/pontevedra/pontevedra/2017/12/30/nueva-sentencia-fincas-gafos-costar-millon/0003_201712P30C1992.htm