El TSJG ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº1 de Ourense, que estimó el recurso interpuesto por el Abogado Antonio Feijóo Miranda y declaró el derecho de una profesora de la UVIGO al reconocimiento del sexenio de investigación por silencio administrativo. Esta sentencia acoge la interpretación del abogado del recurrente, frente a la tesis de la Universidad de VIgo, y concluye que la supresión del la mención al sexenio en la reforma del Real Decreto 8/2011 no desvirtúa el carácter positivo del silencio de conformidad con la LPA.