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El jurado de expropiación de Galicia fija en medio millón el justiprecio de una parcela de 380 metros cuadrados en Pontevedra

Publicado: 17 de junio de 2024, 08:25
  1. Urbanismo
El jurado de expropiación de Galicia fija en medio millón el justiprecio de una parcela de 380 metros cuadrados en Pontevedra

Antonio Feijóo Miranda

Abogado

 

El Jurado de expropiación de Galicia ha aceptado parcialmente la hoja de aprecio formulada por el interesado, y ha fijado el justiprecio de la parcela en la cantidad de 525.000€.

No obstante, lo anterior, el Abogado Antonio Feijoo Miranda ha interpuesto ya el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el TSJG por entender que el justiprecio aún debería de ser más elevado y en atención a la edificabilidad teórica que cabría asignarle al terreno expropiado.

Se trata de otra parcela más para la que el mismo letrado ha promovido un expediente de expropiación por el Ministerio de la Ley por hallarse calificada para el sistema general de espacios libres públicos. 

Con anterioridad han sido ya otras tres las parcelas ubicadas en el mismo entorno de la ciudad de Pontevedra que hubieron de ser expropiadas a iniciativa del mismo letrado, en defensa de otros propietarios, y por cuya razón el Ayuntamiento de Pontevedra ha tenido que desembolsado ya por justiprecio fijado por los Tribunales, una cantidad global que supera los 8 millones de euros.

Además, hay otras tres parcelas en el mismo entorno del río Gafos o en sus proximidades pendientes de expropiación para las cuales el abogado ya ha formulado la oportuna advertencia ante el Ayuntamiento de Pontevedra.

En última instancia es la inacción de la administración municipal durante décadas la que propicia que los propietarios como única salida, se vean obligados a forzar la expropiación de sus terrenos, porque de otro modo, se ven compelidos a permanecer de manera indefinida en una situación en la que ningún aprovechamiento pueden obtener de sus terrenos, que no pueden dedicar a ningún uso o actividad al margen de los meramente provisionales. De ahí, que hayan recurrido como única salida viable en derecho a la expropiación por Ministerio de la Ley que le permite tener un justiprecio acorde con el aprovechamiento medio urbanístico que ya han patrimonializado los propietarios del mismo ámbito o entorno urbano.

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